Allen, 5 de Junio de 2003.-


VISTO:

La Nota presentada por el Sr. José Alberto Cabeza Sandoval; y

CONSIDERANDO:

Que el Sr. Cabeza Sandoval solicita se condone la deuda, como asimismo, se incluya en los alcances de la Ordenanza Municipal N° 002/01, los Folios de Tasa por Conservación y Mantenimiento de Cementerio N° 316265 y 316362 de los cuales es responsable tributario;
Que el Artículo 76° de la Carta Orgánica Municipal, en uno de los párrafos expresa: ...exenciones sólo podrán establecerse inspiradas en principios de justicia social, fundados en la protección del individuo y su familia...;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante celebrada el 5-06-03, según consta en Acta N° 631, se aprobó el pertinente Proyecto;

POR ELLO:

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de

O R D E N A N Z A

Artículo 1°: CONDONASE la deuda existente en concepto de Tasa por
Conservación y Mantenimiento Cementerio de los Fo-
lios N° 316265 y N° 316362 del Sr. José Alberto Ca-
beza Sandoval, D.N.I. 93.257.890.
Artículo 2°: AUTORIZASE al Poder Ejecutivo Municipal, Secretaría
de Hacienda, Dirección de Recaudaciones, por vía de
excepción a las normas en vigencia, a incluir al Sr.
José Alberto Cabeza Sandoval, D.N.I. 93.257.890,res-
ponsable tributario de los Folios de Cementerio N°
316265 y N° 316362, en todos sus términos en los
alcances de la Ordenanza Municipal N° 002/01, que
beneficia a Jubilados y Pensionados.
Artículo 3°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-


ORDENANZA MUNICIPAL N° 040/03.C.D.