Allen, 18 de Agosto de 1994.-


VISTO:
                           La necesidad de un ordenamiento urbano, acorde al crecimiento de la Ciudad de Allen; y

CONSIDERANDO:
         Que es importante la expansión urbanística de nuestra
Ciudad;
         Que es necesario definir nuevas zonas para establecer
nuevas pautas sociales;
         Que se hace necesario adecuar las zonas existentes a la
evolución de la zona en donde se encuentra;
         Que en Sesión Ordinaria de Consejo Deliberante, celebra el
18-08-94, según consta en Acta N° 213, se aprobó el pertinente proyecto;

POR ELLO:
         El Consejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con
fuerza de

O R D E N A N Z A
Artículo 1°
:       INCORPORESE a la zona Reserva Urbana a las parcelas con denominación Catastral:04-1-B-009-1; 04-1-C-071-02; 04-1-C-071-04 y 04-1-C-007-11; que a la fecha eran denominadas de Uso Rural (R.U.) y zona de Uso Mixto (U.M).
Artículo 2°:       MODIFICASE la zona en donde se encuentran emplazadas las Manzanas: 409, 417, 418 y 419, y Quinta 048, parcelas 5'aa al 26, en donde la actual zona es U.P. (uso público) a A.C (área central).
Artículo 3°:       Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-



                        
ORDENANZA MINICIPAL N° 114/94.-C.D.-