ALLEN,14 de Abril de 1994.-
VISTO:
La nota presentada por el Señor Daniel Lescano; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la misma solicita la condonación de la deuda de Tasa de Inspección, Seguridad e Higiene de su comercio;
Que el pedido se fundamenta en el cese de la actividad comercial, momento a partir del cual, por no haber efectuado la solicitud de baja, se genera la deuda;
Que se solicitó al Poder Ejecutivo Municipal detalle de la deuda, comprobándose que no existía deuda anterior a la fecha del cierre del comercio;
Que el Señor Lescano presentó a esta Comisión Declaración Jurada ante el Juez de Paz, declarando no haber realizado actos de comercio en el mismo y/o distinto ramo, desde el mes de Agosto del año 1992;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante celebrada el 14-04-94, según consta en Acta N° 197, se aprobó el pertinente proyecto,
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1°: CONDONESE la deuda de Tasa de Inspección, Seguridad e Higiene hasta la cuarta cuota del año 1994 inclusive, a la Licencia Comercial N° 007/90.-
Artículo 2°:
EXIMASE del pago de Tasa de Inspección, Seguridad e Higiene hasta la sexta cuota del año 1994 inclusive a la Licencia Comercial N° 007/90.-
Artículo 3°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.
ORDENANZA MUNICIPAL N° 045/94.-