ALLEN, 7 de Abril de 1994.-
VISTO:
La nota presentada por la Sra. María Alarcón; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la misma solicita la condonación de la deuda que mantiene con el municipio en concepto de Tasa Conservación y Mantenimiento de Cementerio;
Que la situación imperante de la solicitante, le permite satisfacer sus demandas y necesidades mínimas, por lo que se encuentra condicionada para cumplir con el pago de la deuda;
Que el Artículo 76° de la Carta Orgánica Municipal en uno de sus párrafos expresaexenciones sólo podrán establecerse inspiradas en principios de justicia social, fundados en la protección del individuo y su familia
Que en Sesión Ordinaria del Concejo Deliberante celebrada el 7-04-94, según consta en Acta N° 196, se aprobó el pertinente proyecto,
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1°: CONDONESE la deuda de Tasa por Conservación y Mantenimiento de Cementerio hasta el primer trimestre del año 1994 inclusive, a la Fosa 56, Fila 5 - Cuadro N.
Artículo 2°: EXIMASE del pago de la Tasa por Conservación y Mantenimiento de Cementerio por el resto del año 1994, a la Fosa 56, Fila 5 - Cuadro N.
Artículo 3°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.
ORDENANZA MUNICIPAL N° 028/94.-