Allen, 4 de Abril de 2002.
VISTO:
La Nota de la Sra. Elida N. Filet, y la Ordenan-
za Municipal N° 243/98; y
CONSIDERANDO:
Que por dicha nota, la Sra. Elida N. Filet soli-
cita donación del lote adjudicado en el año 1998 y plantea inconvenientes de conexión de los servicios públicos domici-
liarios por devengar deuda Municipal;
Que por Ordenanza Municipal N° 243/98 se desafec
ta como reserva municipal el lote NC. 04-1-B-906-12 y se adju
dica en venta el mismo a la Sra. Elida N. Filet y Sr. Felix Omar Solis;
Que al día de la fecha dicha Ordenanza Municipal N° 243/98, se cumplió parcialmente, dado que se construyó en dicho lote una vivienda familiar, como lo establece el artícu lo 1° y no se cumplimentó lo ordenado en el Artículo 3°, por lo tanto se debe aplicar el artículo 5° por el cual los adju- dicatarios pierden todos los derechos sobre el lote adjudicado;
Que por la nota mencionada ut-supra la Sra. Eli-
da N. Filet presenta documentación que avala la situación so-
cio-económica, que refleja los problemas económicos, de sa-lud, y conyugal que impidieron cumplir con lo ordenado en la
Ordenanza Municipal N° 243/98, solicitando regularizar la si-
tuación de venta del lote;
Que el Artículo 88° del Capítulo II Tierra Fis- cal, de la Carta Orgánica Municipal dice que...Tierras
Municipales estarán destinadas al cumplimiento de funciones sociales y de bien común;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante,
celebrada el 4-04-02, según consta en Acta N° 580, se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen,
sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1°:
DEROGASE la Ordenanza Municipal N° 243/98, por
los motivos expuestos en los considerandos.
Artículo 2°:
RATIFICASE la desafectación del lote designado
catastralmente 04-1-B-906-12 como Reserva Fiscal.
Artículo 3°:
ADJUDICASE en venta a la Sra. Elida Noemí Filet,
DNI. 14.788.111, el lote designado catastralmente
como 04-1-B-906-12, siendo sus dimensiones: N 17,
60 m. (diecisiete metros con sesenta centímetros);
S: 17,85 m. (diecisiete metros con ochenta y cinco
centimetros); E: 10,70 m. (diez metros con setenta
centímetros); O: 13,70 m. (trece metros con seten-
ta centímetros), con una superficie total de 214,
72 m. (doscientos catorce metros con setenta y dos
centímetros), con el destino exclusivo de vivienda
individual.
Artículo 4°:
ESTABLECESE el valor total del lote en $ 2.000
(pesos dos mil), el cual se debe abonar al con-
tado y/o en 36 (treinta y seis) cuotas mensuales
fijas y consecutivas, concediéndose dos años de
gracia. Ante el incumplimiento del plan de pago
en tiempo y forma y a la falta de pago de dos
cuotas consecutivas y/o tres alternadas, se anula
las 36 cuotas y el saldo restante debe ser cance-lado al contado, caso contrario se retrotraen los
derechos sobre el inmueble, con lo plantado y edi-
ficado a la Municipalidad de Allen.
Artículo 5°:
ESTABLECESE que el inmueble no puede ser transfe-
rido, ni cedido y/o vendido a terceros durante el
lapso de pago del mismo. Caso contrario perderá
los derechos emergentes, tanto el vendedor como
el comprador, procediéndose en forma automática
a la retrotracción del inmueble al Municipio con
lo plantado y edificado.
Artículo 6°:
ESTABLECESE que una vez finalizado el cumplimien-
to de la presente Ordenanza Municipal, la Munici-
palidad de Allen por intermedio del área Municipal
que corresponda tramitará el respectivo título de
de propiedad, por medio de los organismos Provin-
ciales que contemple la tramitación de dicho títu-
lo en menores costos, y/o en forma privada, sien-
do los gastos que demandara éste, a cargo de la ad
judicataria, el cual debe ser escriturado como
bien de familia.
Artículo 7°:
AUTORIZASE al Poder Ejecutivo Municipal y por su
intermedio a la Secretaría y/o área que correspon-
da, por vía de excepción al Artículo 17° de la Or-
denanza Municipal N° 160/98, a otorgar el permiso
de conexión del servicio público domiciliario: Luz
eléctrica a la Sra. Elida N. Filet, DNI. 14.788.
111, responsable de los tributos de la Nomenclatu-
ra Catastral 04-1-B-906-12.
Artículo 8°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 012/02.C.D.-