Allen, 31 de Agosto de 1995.-
VISTO:
La Nota presentada por el Sr. Demetrio Suarez; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la misma solicita la condonación de la deuda y la eximisión del pago de las Tasas Retributivas;
Que según encuesta socio-económica, la situación imperante del solicitante, no le permite satisfacer sus necesidades y demandas mínimas, por lo que se encuentra condicionado para el pago de las Tasas Retributivas;
Que el Art. 76° de la Carta Orgánica Municipal en uno de sus párrafos expresa: exenciones sólo podrán establecerse inspiradas en principios de justicia social, fundados en la protección del individuo y su familia;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 31-8-95, según consta en Acta N° 260, se decidió aprobar el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1°: CONDONASE la deuda de Tasas Retributivas hasta el
quinto bimestre del año 1995 inclusive, a la no-
menclatura catastral B-376-01A-000-
Artículo 2°: EXIMASE del pago del sexto bimestre por Tasas Retributivas del año 1995, a la nomenclatura catastral B-376-01A-000.
Artículo 3°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 088/95.-C.D