Allen, 2 de noviembre de 1.995.-
VISTO:
La nota remitida al Concejo Deliberante por los vecinos del Plan 25 de Mayo Oeste; solicitando el cambio de orientación de las calles Salta y Brentana y su correspondiente señalización de circulación; y
CONSIDERANDO:
Que es necesario dar una salida fluída y cómoda, como así también seguridad a los vehículos que transitan por el Plan 25 de Mayo Oeste;
Que la actual entrada por la calle Salta es doble mano y se transita unos veinte metros en contramano por la calle Belgrano, causando problemas legales de circulación
Que la calle Brentana es muy ancha y permitiría sin dificultad el tránsito por doble mano;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 2-11-95, según consta en Acta N° 269, se decidió aprobar el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
O_R_D_E_N_A_N_Z_A
Artículo 1°: ESTABLÉCESE el sentido de circulación de la calle Salta de Sur a Norte como mano única.
Artículo 2°: ESTABLECESE el sentido de circulación de la calle Brentana desde Almirante Brown hacia el Oeste como doble mano.
Artículo 3°: ENCOMIÉNDASE al Poder Ejecutivo Municipal, a través de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos la confección y colocación de los carteles indicadores de circulación de lo normado en los Artículos 1° y 2°; como así también la señalización de circulación de la plazoleta ubicada en dicho plan.
Artículo 4°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido archívese
ORDENANZA MUNICIPAL N° 111/95.CD.