Allen, 6 de Julio de 1995.-


VISTO:


La Nota presentada por la Sra. Mirta Curiqueo de Burgos; y

CONSIDERANDO:

Que mediante la misma solicita la condonación de la deuda que mantiene con el municipio en concepto de Tasas Retributivas;
Que según encuesta socio-económica, la situación del grupo familiar de la solicitante, no le permite satisfacer sus necesidades y demandas mínimas, por lo que se encuentran condicionados para el pago de las Tasas Retributivas;
Que el Art. 76° de la Carta Orgánica Municipal en uno de sus párrafos expresa: exenciones sólo podrán establecerse inspiradas en principios de justicia social, fundados en la protección del individuo y su familia;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 06-07-95, según consta en Acta N° 252, se decidió aprobar el pertinente proyecto;

POR ELLO:

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de


ORDENANZA

Artículo 1°: CONDONASE la deuda de Tasas Retributivas hasta el
tercer bimestre del año 1995 inclusive, a la nomen-
clatura catastral C-150-01.-
Artículo 2°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-




ORDENANZA MUNICIPAL N° 055/95.-C.D