Allen, 8 de Junio de 1995.-


VISTO:


La Nota presentada por el Sr. Jesús Manuel Molina; y


CONSIDERANDO:

Que mediante la misma solicita la condonación de la deuda que mantiene con el Municipio en concepto de Tasa por Conservación y Mantenimiento de Cementerio;
Que según encuesta socio-económica, la situación imperante del grupo familiar del solicitante, no le permite satisfacer sus necesidades y demandas mínimas, por lo que se encuentran condicionados para el pago de las Tasas Retributivas;
Que el Art. 76° de la Carta Orgánica Municipal en uno de sus párrafos expresa: exenciones sólo podrán establecerse inspiradas en principios de justicia social, fundados en la protección del individuo y su familia;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 08-06-95, según consta en Acta N° 248, se decidió aprobar el pertinente proyecto;

POR ELLO:

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de


ORDENANZA

Artículo 1°
: CONDONASE la deuda por Tasa de Conservación y Mantenimiento de Cementerio, hasta el cuarto trimestre del año 1994 inclusive, a la fosa 33-Fila 5 - Cuadro donde descansan los restos del Sr. Salvador Molina.-
Artículo 2°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-




ORDENANZA MUNICIPAL N° 044/95.-C.D