Allen, 8 de Junio de 1995.-


VISTO:


La Nota presentada por la Sra. Avelina Marilef; y

CONSIDERANDO:

Que mediante la misma solicita la condonación de la deuda que mantiene con el Municipio en concepto de Tasas Retributivas;
Que según encuesta socio-económica, la situación imperante del grupo familiar de la solicitante, no le permite satisfacer sus necesidades y demandas mínimas, por lo que se encuentran condicionados para el pago de las Tasas Retributivas;
Que el Art. 76° de la Carta Orgánica Municipal en uno de sus párrafos expresa: exenciones sólo podrán establecerse inspiradas en principios de justicia social, fundados en la protección del individuo y su familia;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 8-06-95, según consta en Acta N° 248, se decidió aprobar el pertinente proyecto;

POR ELLO:

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de


ORDENANZA

Artículo 1°
: CONDONASE la deuda de Tasas Retributivas por todo
El año 1991 y el segundo bimestre del año 1992, a
la nomenclatura catastral B-345-08A.-
Artículo 2°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-




ORDENANZA MUNICIPAL N° 041/95.-C.D