Allen, 11 de Mayo de 1995.-


VISTO:

El Art. 79° de la Carta Orgánica Municipal y el Dto. N°1834; y


CONSIDERANDO:


Que el Sr. Intendente Municipal ha llevado a cabo con éxito las negociaciones tendientes a la obtención de un Crédito del Fondo de Financiamiento Municipal a favor de la comuna de Allen;
Que el Crédito pedido y obtenido mediante la gestión del Ejecutivo será destinado a la realización de Obras Públicas de interés Comunitario;
Que cumplidas las funciones inherentes al Poder Ejecutivo Municipal, es atribución de este Cuerpo dar cumplimiento a lo previsto en el Art. 79° de la Carta Orgánica Municipal;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 11-05-95, según consta en Acta N° 245, se decidió aprobar el pertinente proyecto;


POR ELLO:

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de

ORDENANZA

Artículo 1°
: APRUEBASE la gestión emprendida por el Poder Eje
cutivo Municipal en relación con el Crédito de
Pesos ciento cincuenta mil, destinado a la rea-
lización de Obras Públicas de interés comunita-
rio y que será amortizado en 24 cuotas mensuales
de $ 6.894.-, en los términos del Decreto 1834/
94.-
Artículo 2°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-



ORDENANZA MUNICIPAL N° 036/95.C.D.