Allen, 27 de Abril de 1995.-


VISTO:


La nota presentada por el Sr. Ignacio Gosende; y

CONSIDERANDO:

Que mediante la misma solicita la eximisión del cincuenta por ciento en el pago de las Tasas Retributivas;
Que según encuesta socio-económica, la situación imperante del grupo familiar de la solicitante, no le permite satisfacer sus necesidades y demandas mínimas, por lo que se encuentran condicionados para el pago de las Tasas Retributivas;
Que el Art. 76° de la Carta Orgánica Municipal en uno de sus párrafos expresa: exenciones sólo podrán establecerse inspiradas en principios de justicia social, fundados en la protección del individuo y su familia;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 27-04-95, según consta en Acta N°243, se aprobó el pertinente proyecto;

POR ELLO:

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de


ORDENANZA

Artículo 1°
: CONDONASE el 50% (cincuenta por ciento) de la deuda
por Tasas Retributivas hasta el segundo bimestre
del año 1995 inclusive, a la nomenclatura catastral
C-435-10.
Artículo 2°: EXIMASE el 50% (cincuenta por ciento) del pago de
las Tasas Retributivas hasta el sexto bimestre del
año 1995 inclusive, a la nomenclatura catastral C-
435-10.
Artículo 3°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-




ORDENANZA MUNICIPAL N° 028/95.-C.D