Allen, 4 de Febrero de 2013

Allen, 28 de Mayo de 2026.-

 

VISTO:

La Nota presentada por el Sr. Pablo Antonio Huentelemo -DNI 33.002.032; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante la misma, solicita autorización por vía de excepción a la Ordenanza Municipal N° 086/16.C.D., Plan Rector de Allen, para la colocación de una metalúrgica;

Que dicho inmueble N.C. 04-1-B-677-18A se encuentra ubicado en calle Primeros Pobladores Nº 70;

Que el Sr. Huentelemo no es propietario del local comercial;

Que esta iniciativa representa un incremento tanto en la actividad comercial como en puestos de trabajo para la ciudad;

Que no existen inconvenientes en acceder a lo solicitado, según consta en Acta Nº 079/26 de la Comisión de Gobierno;

Que en Sesión Ordinaria del Concejo Deliberante celebrada el día 28-05-26, según consta en Acta Nº 1595, se aprobó el pertinente Proyecto;

 

POR ELLO:

 

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de

 

O R D E N A N Z A

 

Artículo 1º: AUTORÍZASE al Poder Ejecutivo Municipal -Secretaría de Gobierno –Dirección de Comercio, a exceptuar al Sr. Pablo Antonio Huentelemo -DNI 33.002.032, de lo establecido en el Anexo 2 -Localización de usos por zona -Uso Industrial -Zona Barrios Consolidados -Establecimiento Industrial de Primera Categoría, de la Ordenanza Municipal Nº 086/16 C.D., Plan Rector de la ciudad de Allen, a fin de continuar con el trámite de Habilitación Comercial en el inmueble N.C. 04-1-B-677-18A, destinado a la instalación de un taller metalúrgico en calle Primeros Pobladores Nº 70, por los motivos expuestos en los Considerandos.

Artículo 2º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.

 

 

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 028/2026.C.D.