Allen, 12 de Diciembre de 2024.
VISTO:
La solicitud de la Sra. Estefanía Brandi; y
CONSIDERANDO:
Que el Plan Rector de la Ciudad de Allen determina que la ubicación del inmueble Nomenclatura Catastral 04-1-C-917-15 es una zona de “USO DISCONFORME”;
Que no contempla la actividad solicitada por la interesada;
Que la solicitante necesita el cambio de uso para la instalación de un Centro de Educación Física y Actividades Recreativas;
Que dado el crecimiento de nuestra Ciudad;
Que al encontrarse distante a la zona urbana se plantea la necesidad de brindar el servicio de recreación y actividad física a todo ese sector;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 12-12-2024, según consta en Acta Nº 1543, se aprobó el pertinente Proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1°: AUTORÍZASE por vía de excepción a lo normado en el Plan Rector de la Ciudad de Allen, al inmueble Nomenclatura Catastral 04-1-C-917-15, propiedad de la Sra. Brandi Estefanía Alicia - DNI 30.174.654 al cambio de “USO DISCONFORME” a “USO CONFORME”, para la actividad solicitada (instalación de un Centro de Educación Física y Actividades Recreativas).
Artículo 2°: La presente Ordenanza Municipal solo autoriza el cambio de uso, según lo normado en el Plan Rector, sin hacer ninguna referencia a los requisitos comerciales y/o de seguridad, que el Municipio de Allen requiera, para la posterior habilitación del predio.
Artículo 3°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 138/2024.C.D.-