Allen, 27 de Junio de 2.024.

 

VISTO:

La Ordenanza Municipal Nº 012/17.C.D.; y

 

CONSIDERANDO:

Que dada la necesidad económica que atraviesan todas las familias de la Ciudad de Allen;

Que dado que estos eventos cuentan con una multitud convocatoria de ciudadanos permitiendo así una gran recaudación;

Que esto permitirá solventar necesidades particulares de las familias;

Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 27-06-2024, según consta en Acta Nº 1518, se aprobó el pertinente Proyecto;

 

POR ELLO:

 

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de

 

O R D E N A N Z A

 

Artículo 1°: MODIFÍCASE el Artículo 3° de la Ordenanza Municipal Nº 012/17.C.D., el que quedará redactado de la siguiente manera: “La venta de productos alimenticios y artesanales, ubicados en Stands se autorizará a Instituciones Públicas, Comisiones, Cooperadoras, Agrupaciones, Clubes de Servicio, Instituciones Religiosas y peticiones particulares de ciudadanos residentes en la localidad, a fin de brindarles la posibilidad de recaudar fondos. La cantidad de stands otorgados a particulares será dispuesta por el Poder Ejecutivo”.

Artículo 2°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.

 

 

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 037/2024.C.D.-