Allen, 06 de Junio de 2024.

 

VISTO:

 

La Nota presentada por el Sr. José Omar Caniucura -DNI 16.816.917; y

 

CONSIDERANDO:

Que mediante la misma solicita autorización, por vía de excepción, para lotear la Chacra Nº 69, N.C. 04-1-D-004-07;

Que el Sr. Caniucura tiene como actividad laboral ser “ayudante de albañil”, siendo el único ingreso económico familiar;

Que a raíz de esta situación, decide lotear su chacra y proceder a la venta de una fracción de ella a fin de reinvertir el dinero obtenido;

Que es necesario autorizar la excepción correspondiente al Plan Rector de la Ciudad;

Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 06-06-2024, según consta en Acta Nº 1516, se aprobó el pertinente Proyecto;

 

POR ELLO:

 

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de

 

O R D E N A N Z A

 

Artículo 1°: AUTORÍZASE, por vía de excepción a lo establecido en la Ordenanza Municipal Nº 086/16.C.D., Plan Rector de Allen, Capítulo IX –Parcelamientos, Sección 3 –Parcelamiento en la Zona Productiva Irrigada, IX.31 y IX.32, al Sr. José Omar Caniucura -DNI 16.816.917, a realizar la subdivisión de la Chacra Nº 69, N.C. 04-1-D-004-07, según plano que como Anexo I forma parte de la presente.

Artículo 2º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.

 

 

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 032/2024.C.D.-