Allen, 21 de Marzo de l996.-
VISTO:
La nota presentada por la Comisión Directiva de la
Cooperadora Hospital F. de Ramasco;
CONSIDERANDO:
Que mediante la misma solicita la eximisión de las
de Tasa Retributivas del inmueble de su propiedad de dicha Ins-
titución y en el cual funciona un Hogar de Ancianos;
Que el mencionado inmueble fue donado a la Coopera-
dora por el Instituto de Planificación y Promoción de la Vivien-
da de la Provincia de Río Negro, mediante Resolución N° 1160/92
del día 17 de Junio de 1992;
Que el Artículo 76° de la Carta Orgánica Municipal
en uno de sus párrafos establece: exenciones sólo podrán es-
tablecerse inspiradas en principios de justicia social, fundados
en la protección del individuo y su familia;
Que en sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, ce-
lebrada el 21-03-96, según consta en Acta N° 290, se aprobó el /
pertinente proyecto;
POR_ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, san-
ciona con fuerza de
O_R_D_E_N_A_N_Z_A
Artículo_1°: CONDONASE la deuda de Tasas Retributivas hasta el
primer bimestre del año 1996 inclusive, a la nomen-
clatura catastral C-524-07.
Artículo 2: EXIMASE del pago de Tasas Retributivas hasta el sex-
to bimestre del año 1996 inclusive, a la nomenclatu-
ra catastral C-524-07.
Artículo_3°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, /
archívese.-
ORDENANZA_MUNICIPAL_N°_005/96.-C.D.-