LEY N Nº 2189


Artículo 1º - Amplíase el ejido Municipal de Cipolletti en la superficie comprendida por los límites que a continuación se describen. El punto de partida será la intersección con la margen Sud del curso del Río Negro de la prolongación hacia el Sud del costado Este del actual ejido Municipal de Cipolletti (a su vez costado Oeste de la Colonia General Roca). Desde este punto se partirá en línea recta y con rumbo general Sud Oeste hasta encontrar el esquinero Sud Este del excedente ubicado por la mensura Plano Nº 40/77 (Punto B del plano), desde donde con rumbo general Oeste se recorrerá el límite Sud del referido excedente ubicado y el límite Sud de la propiedad de Antonio Mario Allende y otros según duplicado Nº 594 hasta su intersección con el costado Este del polígono deslindado según duplicado Nº 2786; desde donde, se recorrerá una línea quebrada constituida en parte por la divisoria entre las mensuras duplicados Nº 2786 con 2346, 2346 con 2345 y 2345 con Parcela 1 del Duplicado Nº 2553, llegándose a mojón punto Nº 57 del último plano citado; desde allí se recorrerá una línea quebrada, en su primer tramo con rumbo general Sud hasta ubicar mojón Nº 55, y en su 2do. tramo siguiendo la divisoria de las parcelas 1 y 2 hasta localizar mojón punto Nº 31, todo del Duplicado Nº 2553; desde este vértice, se recorrerá una línea quebrada que constituye la divisoria de las parcelas cuatro (4) y seis (6) del Duplicado Nº 2553 con las parcelas uno (1) y dos (2) del Duplicado Nº 2552 arribándose al mojón designado con el Nº 29 en éste último; desde donde, se recorrerá tramo divisorio entre la parcela Nº seis (6) del Duplicado Nº 2553 con la parcela B del Duplicado 2550 llegándose al mojón identificado con el Nº 38 en ambos planos citados; desde donde se recorrerá una línea quebrada que conforme la divisoria entre la parcela A con las parcelas B y C del Duplicado 2550 arribándose a mojón punto Nº veintiséis (26) del mismo; desde dicho vértice, se recorrerá el tramo comprendido entre los mojones veintiséis (26) y veintisiete (27) del último plano citado y el tramo comprendido entre los mojones identificados como puntos P y Q del Duplicado Nº 2410; desde este último vértice, con rumbo general Sud Oeste se recorrerá la línea que va a unirse al vértice Nº once (11) del polígono deslindado por la mensura Duplicado Nº 3047; desde allí, con rumbo igual al anterior se recorre línea quebrada que constituye el lado Nor Oeste de los polígonos deslindados por las mensuras duplicados Nros. 3047 y 303 Norte de la mensura Duplicado 3058 y (3058) respectivamente, hasta encontrar mojón punto Nº dieciocho (18) del último plano citado; desde este vértice, y con rumbo general S-E se recorre una línea quebrada que pasando por los vértices puntos diecisiete (17) y dieciséis (16) del Duplicado Nº 3058 se continúa hasta unirse al mojón identificado como punto Nº 1 de la mensura Duplicado Nº 2149; desde donde se ha de recorrer una línea quebrada que unirá los mojones identificados como puntos 2-3-4-5-6-7-8 y 9 del plano citado anteriormente, coincidiendo el último mojón mencionado con el identificado como punto B en la mensura Duplicado Nº 1753; desde donde, se recorre una línea quebrada que une los vértices A-L-K-J-I-H del último plano citado y los puntos Nros. 30-29-28 y 27 del Duplicado Nº 1642; desde este vértice, se recorrerá una línea que va a unirse al mojón identificado como punto V.10 en la mensura plano Nº 441-75; desde el cual, se recorrerá la línea quebrada definida por los vértices V.9V.8V.7 y V.6 del polígono deslindado por el plano citado anteriormente, siendo el último mojón mencionado coincidente con el punto fijo de I.G.M. denominado "El Pangaré" (II-III-93 sistema Chos Malal) desde dicho punto trigonométrico se recorrerá la línea recta que lo une con el punto fijo del I.G.M. denominado Campo Aranda (J-I-6); desde donde se recorrerá la línea definida por el punto antes citado y el punto trigonométrico del I.G.M. denominado Campo Galván (J-I-4) y su prolongación hasta la intersección de la referida línea con el arroyo Michihuan. A partir de este punto de intersección, se continuará hacia el Nor Oeste por el curso del citado Arroyo hasta interceptar el límite de la Provincia de Río Negro con la Provincia del Neuquén en el Río Limay. Desde este punto y partiendo en dirección Nor Este se seguirá el desarrollo del referido límite interprovincial, hasta su intersección con la prolongación del actual límite Sur del Ejido Municipal de Cipolletti, a partir de donde y con dirección Sur Este se continuará sucesivamente por la referida prolongación y por el límite Sur actual mencionado hasta su intersección con el costado Este del actual Ejido Municipal de Cipolletti, a su vez límite Oeste de la Colonia General Roca. Desde este punto se continuará por la prolongación hacia el Sud del referido costado este del actual límite del Ejido Municipal Cipolletti, hasta encontrar el punto de partida de esta descripción.-