Allen, 11 de Diciembre de 2020.-



VISTO:


La Ordenanza Municipal Nº 061/2020.C.D.; y



CONSIDERANDO:



Que mediante el Decreto de Naturaleza Legislativa Nº 001/2020, dictado por el Poder Ejecutivo de la Provincia de Río Negro, se decretó la emergencia sanitaria en todo el territorio de la Provincia;

Que la pandemia del Covid-19 ha generado la necesidad de adoptar medidas de contención extraordinarias que tienen como objetivo primordial, lógicamente, limitar la propagación del virus, en pos de asegurar la salud de los ciudadanos;

Que las medidas adoptadas están teniendo un impacto económico negativo que se proyecta, en particular, sobre determinados sectores de la economía, como las personas trabajadoras y familias más vulnerables, autónomos y MiPyMEs afectadas por la situación excepcional y extraordinaria;

Que, siendo necesario adoptar remedios de índole fiscal, tendientes a alivianar las obligaciones tributarias de los contribuyentes, se dictaron Resoluciones Municipales Ad-Referéndum del Concejo Deliberante y Ordenanzas Municipales concediendo prórrogas de vencimientos, reducciones para pequeños contribuyentes y suspensión de ejecuciones fiscales, todo ello con el objeto de compensar, mediante lo que está al alcance del Estado Municipal, la merma en los ingresos ordinarios y dotarlos de liquidez para hacer frente a sus obligaciones;

Que, tal como ocurrió en otros niveles del Estado, la Ordenanza Municipal Nº 061/2020.C.D., consideró oportuno contar con un Plan de Facilidades de Pago Especial que facilite a los contribuyentes y/o responsables de las Tasas, Derechos, Contribuciones, Multas, demás gravámenes y accesorios, medios para el cumplimiento voluntario de sus obligaciones;

Que se considera conveniente extender los plazos de la Ordenanza Municipal mencionada, permitiendo la adhesión al Plan de Pago Especial a aquellos contribuyentes que no hubieren accedido a la formalización del mismo, otorgando mayores beneficios por pago contado;

Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 11-12-2020, según consta en Acta Nº 1372 se aprobó el pertinente Proyecto;


POR ELLO:


El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de



O R D E N A N Z A


Artículo 1º: MODIFÍCASE el Artículo 1° de la Ordenanza Municipal Nº 061/2020.C.D., el cual quedará redactado de la siguiente forma: “Los contribuyentes y/o responsables de las Tasas, Contribuciones, Multas, demás gravámenes y accesorios, que mantengan deuda vencida hasta el 30 de Noviembre de 2020, podrán regularizar la misma a través del Plan de Facilidades de Pago Especial que se instrumenta mediante la presente.”

Artículo 2º: MODIFÍCASE el Artículo 5° de la Ordenanza Municipal Nº 061/2020.C.D., el cual quedará redactado de la siguiente forma: “Los contribuyentes y/o responsables podrán solicitar el plan de facilidades de pago especial previsto en la presente norma, hasta el 26 de Febrero de 2021, conforme las siguientes opciones:

  1. Pago contado:

1. Con una condonación del cien por ciento (100%) de los intereses resarcitorios.

2. Con una quita del treinta y cinco por ciento (35%) del capital, solo para contribuciones de mejoras por obras públicas.

  1. En hasta seis (6) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, sin interés de financiación, con una condonación del cincuenta por ciento (50%) de los intereses resarcitorios.

  2. En hasta doce (12) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, sin interés de financiación, con una condonación del treinta por ciento (30%) de los intereses resarcitorios.

  3. En hasta veinticuatro (24) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, con un interés de financiación equivalente al cincuenta por ciento (50%) de la tasa de interés vigente para deudas fiscales, con una condonación del quince por ciento (15%) de los intereses resarcitorios.

  4. En hasta treinta y seis (36) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, con un interés de financiación equivalente al cincuenta por ciento (50%) de la tasa de interés vigente para deudas fiscales, con una condonación del diez por ciento (10%) de los intereses resarcitorios.

  5. En hasta treinta y seis (36) cuotas mensuales, iguales y consecutivas para deudas vencidas entre el 1 de Abril de 2020 y 31 de Julio de 2020, sin interés de financiación, con una condonación del cincuenta por ciento (50%) de los intereses resarcitorios.

Artículo 3º: MODIFÍQUESE el Artículo 10° de la Ordenanza Municipal Nº 061/2020.C.D., el cual quedará redactado de la siguiente forma: “Aquellos contribuyentes que no registraren deuda al 31 de Julio de 2020, tendrán derecho a participar del sorteo público de cinco (5) bicicletas, a realizarse el día 05 de Marzo de 2021, debiendo inscribirse previamente en el formulario que se pondrá a disposición en el sitio web www.allen.gob.ar. En futuras contribuciones de mejoras gozarán del mismo beneficio establecido en el Artículo 5° inc. a).”

Artículo 4º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.



ORDENANZA MUNICIPAL Nº 104/2020.C.D.-



O.M. N° 104/2020.C.D.