Allen, 04 de Diciembre de 2020.-



VISTO:


La Nota presentada por los Sres. Juan Carlos Reyes -D.N.I. 10.769.859 y Dora Gómez - D.N.I. 11.679.106; y


CONSIDERANDO:


Que mediante la misma solicitan condonación de deuda del Lote N.C. 04-1-C-273-04-F011 y Tasa por Conservación y Mantenimiento de Cementerio.

Que de acuerdo a la documentación que obra en el Expediente, se verifica la situación socio-económica de los señores contribuyentes, encontrándose condicionados para cumplir con su obligación Tributaria Municipal;

Que los solicitantes adjuntan Certificado de Discapacidad de ambos;

Que los peticionantes cumplen con los requisitos para ser encuadrados en los alcances establecidos en la Ordenanza Municipal Nº 083/19.C.D.;

Que la Sra. Gómez es quien figura como encargada de pago de las Tasas por Conservación y Mantenimiento de Cementerio y de las Tasas Retributivas;

Que en el Artículo 76° de la Carta Orgánica Municipal se establece que: "…Las exenciones sólo podrán establecerse inspiradas en principios de justicia social…";

Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 04-12-2020, según consta en Acta Nº 1371 se aprobó el pertinente Proyecto;


POR ELLO:


El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de



O R D E N A N Z A


Artículo 1º: CONDÓNASE la deuda existente de Tasas Municipales, en concepto de Tasas Retributivas correspondiente a la N.C. 04-1-C-273-04-F011 a su responsable tributaria Sra. Dora Gómez - DNI 11.679.106, hasta el momento de la entrada en vigencia de la presente.

Artículo 2º: CONDÓNASE la deuda existente de Tasas Municipales, en concepto de Tasa por Conservación y Mantenimiento de Cementerio correspondiente a su responsable tributaria Sra. Dora Gómez - DNI 11.679.106, hasta el momento de la entrada en vigencia de la presente.


Artículo 3º: INCLÚYANSE en los alcances de la Ordenanza Municipal Nº 083/19.C.D., a los Sres. Juan Carlos Reyes - D.N.I. 10.769.859 y Dora Gómez - D.N.I. 11.679.106, a partir del momento de la entrada en vigencia de la presente.

Artículo 4º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.



ORDENANZA MUNICIPAL Nº 102/2020.C.D.-



O.M. N° 102/2020.C.D.