Allen, 18 de Marzo de 1999
VISTO:
La Nota presentada por la Sra. Verónica Aguayo; y
CONSIDERANDO:
Que por dicha nota solicita condonación de bi- mestres de Tasas Retributivas y cuotas de Tasas de Inspección
Seguridad e Higiene que quedaron sin dicho beneficio en las
Ordenanzas Municipales que se sancionaron y promulgaron el
año próximo pasado;
Que según la documentación que obra en el expe-
diente, se procedió a dichas condonaciones en virtud de que
su cónyuge fallecido, se encontraba en una situación de inca-
pacidad;
Que la situación socio-económica imperante en la familia, no le permitió cumplir con la obligación tributaria
municipal;
Que el Artículo 76° de la Carta Orgánica Munici-
pal en uno de sus párrafos expresa...excenciones
sólo /
podrán establecerse inspiradas en principios de justicia
social, fundados en la protección
sólo /
podrán establecerse inspiradas en principios de justicia
social, fundados en la protección
sólo /
podrán establecerse inspiradas en principios de justicia
social, fundados en la protección del individuo y su fami- lia
sólo /
podrán establecerse inspiradas en principios de justicia
social, fundados en la protección del individuo y su fami- lia;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante,
celebrada el 18-03-99, según consta en Acta N° 430, se aprobó
el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1°: CONDONASE la deuda de Tasas Retributivas hasta
el 1° Bimestre inclusive del año 1999, a la No-
menclatura Catastral C-400-04-000.
Artículo 2°: CONDONASE la deuda de Tasa por Inspección, Segu-
ridad e Higiene hasta la 3° cuota inclusive, Año
1999 al Código N° 12348, Licencia Comercial N°
038/92.
Artículo 3°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 005/99.C.D.-