Municipalidad de Allen
(Río Negro)

CONCEJO DELIBERANTE


Allen, 28 de Diciembre de 2001.-


VISTO:

El lanzamiento del Plan de Emergencia de Empleos, para todo el territorio argentino y el Plan Nacional de Abastecimiento de Alimentos de Primera Necesidad, anunciados e implementados por el Go-bierno de la Nación, en el marco de la grave crisis económico social que vive el país; y

CONSIDERANDO:

Que nuestra Ciudad no escapa a la actual crisis económi-ca, financiera y social que afecta a la República Argentina, provocan-do desocupación y subocupación en la denominada población económica-mente activa;
Que es necesario contar con una herramienta que emane del Poder Legislativo Municipal, para que sus autoridades ejecutivas pue-dan cumplir eficazmente la tarea de contar con los planes de asisten-cia laboral y alimentaria para ser destinados a los sectores sociales más necesitados de nuestra Ciudad;
Que si bien en los últimos meses en la Provincia de Río Negro no se ha podido medir la tasa de desocupación por falta de re-cursos, estimándose que la misma superaría el 14% de la población eco-nómicamente activa y similar proporción afectaría a la Ciudad de Allen;
Que la Carta Orgánica Municipal, en su Capítulo Unico de Declaraciones Generales, en el Artículo 5°, inc. a) 3, asegura que el Municipio de Allen deberá promover y proteger el acceso a fuentes de trabajo bien remuneradas;
Que si bien el desempleo revela la mayor vulnerabilidad social, existen en ese marco un subconjunto en el que se encuentran en situaciones aún más críticas las mujeres jefas de hogar y el Estado no puede estar ausente, ni permitir que ningún hogar con niños estén pri-vados de un ingreso mínimo para su alimentación y manutención;
Que en anteriores oportunidades, este Cuerpo deliberativo ha encomendado a las autoridades ejecutivas locales las gestiones per-tinentes para lograr los cupos necesarios tanto a nivel alimentario como laboral ante las autoridades provinciales y nacionales;
Que en Sesión Extraordinaria de Concejo Deliberante cele-brada el 28-12-01, según consta en Acta N° 573, se aprobó el pertinen-te Proyecto;


POR ELLO:

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de


O R D E N A N Z A

Artículo 1°: CREASE la Comisión de Emergencia Económica, Laboral y
Social del Municipio de Allen, integrada por el Sr.
Intendente Municipal, el titular de la Secretaría de
Acción Social municipal y tres miembros del Poder Legis-
lativo, para que realicen las gestiones que correspondan
ante las Autoridades provinciales y nacionales, inheren-
tes a la inclusión de nuestra población en los Planes
Nacionales de Abastecimiento de Alimentos de Primera Ne-
cesidad y el Plan Nacional de Emergencia de Empleos, a-
nunciados recientemente por el Gobierno de la Nación.
Artículo 2°: ENCOMIÉNDASE a la mencionada Comisión las gestiones inhe-
rentes a la retención de los anteriores cupos integrados
por los Planes Trabajar, Crear Trabajo, PEL, Comunitario
y Productivo, incluyendo además los módulos alimentarios
y formulando los reclamos relacionados a los atrasos en
el envío de fondos para cubrir los planes que hasta la
fecha se encuentran impagos, como así también el envío de
módulos alimentarios atrasados.
Artículo 3°: ENCOMIÉNDASE a la mencionada Comisión la realización de
los contactos pertinentes en la Ciudad de Allen, con Or-
ganizaciones No Gubernamentales, Juntas Vecinales, Insti-
tuciones religiosas, de servicio, de Jubilados y Pensio-
nados y Asociaciones de ayuda a desempleados y subocupa-
dos legalmente reconocidas, con el propósito único de au-
nar esfuerzos en la tarea común de llevar soluciones a
los sectores sociales más afectados por la actual crisis
económica y social que impera en nuestro País.
Artículo 4°: CREASE a través de los mecanismos que implemente la men-
cionada Comisión, el Registro Unico de Desocupados, Sub-
empleados, Mujeres Jefas y Sostén de Hogares, Jubilados y
Pensionados nacionales y provinciales de ingreso mínimo,
con el fin de contar con una herramienta eficaz y con-
tundente para la implementación de todos los planes de
ayuda social que se creen en el Territorio Nacional.
Artículo 5°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archí-
vese.-


ORDENANZA MUNICIPAL N° 108/01.C.D.