Allen, 25 de Octubre de 2018.-



VISTO:



La Nota presentada por la Sra. Viviana Judith Ramirez Vilugron; y



CONSIDERANDO:



Que mediante la misma solicita que se modifique el anexo I de la Ordenanza Municipal Nº 096/2010.C.D., en virtud que su concubino, Sr. Andrés Peñailillo, DNI. 23.680.716, no habita desde hace más de un año, la vivienda que compartían en el Barrio Vidriera;

Que no existen inconvenientes en acceder a lo solicitado por la Sra. Ramírez;

Que obran en el Expediente Legislativo los informes pertinentes solicitados por este Cuerpo;

Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 25-10-18, según consta en Acta Nº 1286, se aprobó el pertinente Proyecto;



POR ELLO:



El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de


O R D E N A N Z A


Artículo 1º: MODIFÍCASE el Anexo I de la Ordenanza Municipal Nº 096/2010.C.D. NC. 04-1-B-272-20, donde dice: “RAMIREZ VILLUGRON, Viviana Judith DNI 92.525.035 – PEÑAILILLO, Andrés DNI Nº 23.680.716” deberá decir: “RAMIREZ VILLUGRON, Viviana Judith DNI 92.525.035”, por los motivos expuestos en los Considerandos.

Artículo 2°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.




ORDENANZA MUNICIPAL Nº 085/2018.C.D.




O.M. N° 085/2018.C.D.