Allen, 25 de Agosto de 2.017.

 

 

VISTO:

 

La nota presentada por el Sr. Cristian Emanuel Sanhueza; y

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante la misma solicita ser reconocido como Ocupante de un lote ubicado en el Asentamiento poblacional denominado Islas Malvinas;

Que en el Asentamiento Poblacional mencionado, se encuentran residiendo numerosas familias desde hace tiempo;

Que no existen inconvenientes en acceder a lo solicitado siendo imprescindible proceder a solucionar la problemática situación habitacional en el sector;

Que dicho reconocimiento, será al sólo efecto de la conexión de los servicios domiciliarios, y no otorga, ni reconoce derecho alguno sobre el lote, quedando supeditado todo a la resolución definitiva que se arribe en los autos caratulados: Municipalidad de Allen C/Piñeiro Pearson y Guerrero Miguel Manuel y otros S/Expropiación Expte Nº 3711-J1-08, y a la decisión que administrativamente se tome;

Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 25-08-17, según consta en Acta Nº 1237, se aprobó el pertinente Proyecto;

 

 

POR ELLO:

 

 

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de

 

 

O R D E N A N Z A

 

 

Artículo 1º:  RECONÓCESE como Ocupante del Lote 02 de la Manzana 255B del Asentamiento Poblacional Islas Malvinas, al Sr. Cristian Emanuel Sanhueza DNI 34.141.197 y a la Sra. Romina Antorena DNI 37.474.617, hasta tanto se cuente con la mensura que permita la adjudicación definitiva, por los motivos expuestos en los Considerandos.

Artículo 2º:  ESTABLÉCESE que el Reconocimiento de Ocupación es al sólo efecto de conectar los servicios domiciliarios correspondientes a la zona.

Artículo 3º:  ESTABLECESE que el Lote 02 de la Manzana 255B del Asentamiento Poblacional Islas Malvinas, no puede ser vendida ni cedida a terceros y en caso de ser vendidos los adelantos construidos, se deberá solicitar la autorización de transferencia de los mismos ante este Poder Legislativo.

Artículo 4º:  Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.

 

 

 

 

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 058/2017.C.D.