Allen, 10 de Marzo de 2016.



VISTO:


La Ordenanza Municipal Nº 076/11, y la Ordenanza Municipal Nº 003/11, la Resolución Municipal Nº 017/90 y sus modificatorias; y



CONSIDERANDO:


Que la Resolución Municipal Nº 017/90, aprueba el Reglamento Interno del Concejo Deliberante, agrupando las Comisiones de Asesoramiento Permanente y la consideración de los diversos temas;

Que mediante Ordenanza Municipal Nº 076/11 y 003/11, se aprueba el Organigrama del Poder Ejecutivo Municipal y el Manual de Funciones y Misiones correspon- diente al mismo;

Que en función de las competencias asignadas a las distintas Secretarías se reordenaron las responsabilidades de las distintas áreas del Poder Ejecutivo Municipal;

Que este reordenamiento estableció una nueva conformación organizativa de los niveles políticos y administrativos, basado en criterios de racionalidad y eficiencia que posibiliten una rápida respuesta a las demandas de la sociedad, dando lugar a estructuras dinámicas y adaptables a los cambios permanentes;

Que es necesario actualizar el agrupamiento de los diferentes asuntos que ingresan a las Comisiones, teniendo en cuenta las Secretarías existentes en el Poder Ejecutivo Municipal, a efectos de implementar adecuadamente los cambios necesarios para optimizar, agilizar y ordenar el tratamiento legislativo pertinente;

Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 10/03/16, según consta en Acta Nº 1175, se aprobó el pertinente Proyecto;



POR ELLO:

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de


R E S O L U C I Ó N



Artículo 1º: MODIFICASE el Artículo 72º del Reglamento

Interno del Concejo Deliberante el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Las Comisiones serán cinco (5) y se abocarán a la consideración de los siguientes temas:

  1. Comisión de Hacienda y Desarrollo Económico.

  2. Comisión de Gobierno.

  3. Comisión de Planeamiento y Desarrollo Urbano.

  4. Comisión de Desarrollo Social, Educación y Salud.

  5. Comisión de Obras y Servicios Públicos”.

Artículo 2º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,

archívese.-


RESOLUCIÓN MUNICIPAL Nº 011/2016.C.D.-