Allen, 11 de Noviembre de 1999.
VISTO:
La Nota remitida al Concejo Deliberante, con fe- cha 02-11-99 por un grupo de estudiantes de la Facultad de Ciencias de la Educación; y
CONSIDERANDO:
Que en la misma plantean la situación por la que atraviesa la joven Estrella Campos, compañera de estudios de los firmantes;
Que solicitan se la exima del pago de la deuda
por Tasas Municipales que posee por la vivienda que habita, propiedad de sus padres;
Que la petición está fundada en el doloroso he- cho que afectó al núcleo familiar constituido por la jóven de referencia, el que derivó en la disgregación del mismo ante el fallecimiento de sus padres, jefes y sostenes de familia;
Que no posee ingresos de ninguna naturaleza, re-
cibiendo actualmente ayuda solidaria de sus amigos y veci-
nos para cubrir los gastos más elementales, como así también
la gestión de una beca, iniciada por sus compañeros de estu- dio, para hacer posible que continúe con los mismos;
Que se trata de un caso totalmente atípico, al que no se puede permanecer ajeno como comunidad responsable de dar contención a quienes sorpresivamente se encuentran en estado de desprotección;
Que el Artículo 5° inciso e) de la Carta Orgáni- ca Municipal dice: Municipio deberá Promover y Preservar la familia y la protección integral de la niñez;
El Artículo 76° de la Carta Orgánica Municipal en uno de sus párrafos expresa: exenciones sólo podrán establecerse inspiradas en principios de justicia social, fundados en la protección del individuo y su familia;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 11-11-99, según consta en Acta N° 467, se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1°: CONDONASE la deuda de Tasas Municipales, en con-
cepto de Tasas Retributivas a la Nomenclatura
Catastral C-564-02-000, hasta el 6° (sexto) Bi-
mestre inclusive año 1999.
Artículo 2°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 139/99.C.D.-