Allen, 11 de Diciembre de 2014.
VISTO:
El inciso a) punto 4 del Artículo 45º, Capítulo III, "SERVICIO PUBLICO DE COCHES TAXIMETROS", que es parte del REGLAMENTO GENERAL DE TRANSITO para la Municipalidad de Allen, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 069/94;.
La Nota del Sr. Ricardo Roberto Fioris, por la cual solicita cumplir con el servicio de taxímetro, presentando el Título del Automotor a nombre de su cónyuge; y
CONSIDERANDO:
Que el inciso a) punto 4 mencionado en el Visto establece como uno de los requisitos, que “el titular de la Licencia Habilitante debe ser propietario del vehículo que afectará al servicio, presentando la documentación expedida por el Registro Nacional del Automotor, con inscripción a su nombre y con radicación en la ciudad, o certificación que acredite documentación en trámite.”;
Que el Sr. Ricardo Roberto Fioris, Titular de la Licencia Habilitante Nº 109 solicita autorización a efectos de desarrollar su actividad laboral con el título del automotor a nombre de su cónyuge, obrando en el expediente legislativo copia del acta de matrimonio;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 11/12/14, según consta en Acta Nº 1130, se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1º: AUTORIZASE a la Dirección de Tránsito y
Transporte, dependiente de la Secretaría de Go-
bierno del Poder Ejecutivo Municipal, por vía
de excepción al Artículo 45º inciso a) punto
4 de la Ordenanza Municipal Nº 069/94, a acep-
tar e incluir como requisito, el Título del
Automotor cuyo titular es Basaúl Alicia DNI.
5.277.966 cónyuge de Fioris Ricardo Roberto DNI 10.731.081 titular de la Licencia Nº 109; por los motivos expuestos en los considerandos.
Artículo 2º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 072/2014.C.D.-