Allen, 14 de Octubre de 1999.



VISTO:


La Nota presentada por el Club de Jubilados y Pensionados El Sol de Nico;

CONSIDERANDO:

Que mediante la misma solicita la condonación y eximisión de la deuda en concepto de Tasas Retributivas de un
local que fue adquirido por dicho Club;
Que dicho Club de Abuelos no tiene un lugar edi-
licio propio, lo que implicó el haber estado por muchos años,
ocupando para su funcionamiento, locales prestados, alquila- dos o en la capilla de un barrio;
Que el Club está compuesto por alrededor de 40
abuelos de distintos barrios y de escasos recursos económi- cos;
Que por Decreto N° 1014 de fecha 20-08-98 se otorga la Personería Jurídica bajo el número 1421;
Que el Artículo 76° de la Carta Orgánica Munici-
pal en uno de sus párrafos expresa: exenciones sólo po- drán establecerse inspiradas en principios de justicia so- cial, fundados en la protección del individuo y su familia;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante,
celebrada el 14-10-99, según consta en Acta N° 463, se aprobó
el pertinente proyecto;

POR ELLO:

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de


ORDENANZA



Artículo 1°: CONDONASE la deuda de Tasas Retributivas hasta
el 5° Bimestre inclusive año 1999, a Nomencla-
tura Catastral C-145-13-000.
Artículo 2°: EXIMASE los Bimestres restantes año 1999, a la
Nomenclatura Catastral C-145-13-000.
Artículo 3°: CONDONASE la deuda por Impuesto al Terreno Bal-
dío a la Nomenclatura Catastral C-145-13-000.
Artículo 4: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-


ORDENANZA MUNICIPAL N° 121/99.C.D.-