Allen, 17 de Noviembre de 2011.-
VISTO:
La situación planteada por el Sr. Fioris; y
CONSIDERANDO:
Que la reglamentación vigente, ordena un cupo máximo en la localidad de 108 (ciento ocho), Licencias Ha- bilitantes para coches taxímetros;
Que el Sr. Fioris ha adjuntado documentación probatoria de su situación económica y social, agravada por la situación de enfermedad que el mismo Sr. Fioris padece, con la evaluación del médico legal que acredita una incapacidad de carácter permanente lo cual le impide realizar cualquier labor que demande un esfuerzo moderado;
Que su familia contribuye, dentro de sus posibilidades, para la obtención de los recursos que permitan satisfacer las necesidades básicas, por lo que acceder a una Licencia Habilitante de Taxi permitiría cumplimentar esta actividad, aportando la estabilidad económica que demanda su salud;
Que en el marco del esfuerzo familiar ya mencionado ha decidido tramitar la adquisición de una unidad vehicular cero kilómetro o usada, para destinarla a la prestación del servicio de taxi;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 17/11/11, según consta en Acta Nº 1001, se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO
El Concejo Deliberante de la ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1º: ORDENASE por vía de excepción a la Ordenanza
Municipal Nº 080/08, al Poder Ejecutivo Munici-
pal, Secretaria de Gobierno, Dirección de Trán-
sito y Transporte, a otorgar una Licencia Habili
tante para el servicio de Transporte de pasaje-
ros modalidad taxímetro, al Sr. Ricardo Roberto
Fioris DNI. 10.731.081 por los motivos expuestos
en los considerandos.-
Artículo 2º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 100/2011.C.D.-