Allen, 26 de Agosto de 1999.
VISTO:
La Nota presentada por el Sr. Fernando Silva, y
CONSIDERANDO:
Que por la misma solicita un lote en el Plan de viviendas Progresivas (48 viviendas P.V.P.), que se encuentra en abandono;
Que por Ordenanza Municipal N°129/89, el lote pretendido fue adjudicado en venta, habiéndose verificado y certificado que el mismo se encuentra en total abandono;
Que la Secretaria de Planeamiento de la Munici- palidad de Allen, mediante un Edicto publicado en el año 1995 citó y emplazó a los adjudicatarios del Plan 48 viviendas (PVP), según la Ordenanza Municipal N°129/89 que no hayan he- cho uso efectivo de las viviendas;
Que el titular del lote en estado de abandono, cuya NC es 04-1-C-568-01, no se presentó en tiempo y forma de acuerdo al Edicto mencionado, perdiendo todo derecho sobre el inmueble mencionado;
Que la Carta Orgánica de la Municipalidad de Allen, otorga al Concejo Deliberante las atribuciones perti- nentes para disponer de los Bienes Municipales;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante,
celebrada el 26-08-99, según consta Acta N° 456, se aprobó el
pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Articulo 1°: RETROTRAESE el inmueble cuya Nomenclatura
Catastral es 04-1-C-568-01, a la Municipalidad
de Allen.
Articulo 2°: ADJUDICASE en venta el inmueble cuya Nomencla-
tura Catastral es 04-1-C-568-01 al SR. Fernando
Silva DNI. 93.105.068, siendo sus medidas: al
Norte-Sur: 20 (veinte) metros por 8,50 (ocho con
cincuenta) metros al Este y Oeste; su ochava al
Nor-Oeste mide 5,66 (cinco con sesenta y seis)
metros, encerrando una SUPERFICIE de: 162 (cien-
to sesenta y dos) metros cuadrado. Sus linderos
son: al Norte calle Genaro Rodríguez Funes; en
medio con parte de la Manzana 562; al Sur con
la parcela 08; al Este Parcela 02. Los dos últi-
mos rumbos citados de su misma manzana 568; y al
Oste con calle Los Aromos en medio con parte de
la Manzana 567. Datos catastrales que surgen del
plano respectivo.
Articulo 3°: ESTABLECESE el valor del lote cuya Nomenclatura
Catastral es: 04-1-C-568-01 en pesos cinco ($5)
el metro cuadrado, otorgando al beneficiario la
opción de pago la que tendrá un vein-
te por ciento (20%) de bonificación y/o plan de
pago en cuotas hasta veinticuatro (24), fijas y
consecutivas.
Como asimismo el adjudicatario deberá hacerse
cargo de todos los gravámenes de servicios e
impuestos que el inmueble tributaría hasta la
fecha de publicación de la presente Ordenanza
Municipal.
Articulo 4°: FIJASE como plazo máximo de 365 (trescientos
sesenta y cinco días) para ocupar el lote a
adjudicar. El no cumplimiento por parte del
adjudicatario al plazo antes enunciados y el
pago como se especifica en el Articulo 3° del
lote, provocará la pérdida automática de los
derechos sobre el bien adjudicado quedando bajo
dominio municipal, el mismo y todo lo que en el
se encuentre edificado.
Articulo 5°: ESTABLECESE que el adjudicatario sin el título
respectivo de propiedad, no podrá vender, trans-
ferir y/o ceder los derechos emergentes de la
presente sin autorización previa del Municipio.
Caso contrario el adjudicatario y el/los adqui-
rentes perderán los derechos sobre el inmueble,
pasando automáticamente el mismo a dominio Muni-
cipal.
Articulo 6°: AUTORIZASE al Poder Ejecutivo Municipal- Secre-
taría de Hacienda- Dirección de Recaudaciones
proceder ha deslindar todo gravámenes tributario
Municipal sobre el lote Nomenclatura Catastral
04-1-C-568-01 hasta la fecha que corresponde la
Publicación de esta Ordenanza Municipal.
Articulo 7°: ESTABLECESE que una vez finalizado el cumpli-//
miento de lo normado en los Artículos 3° y
4° de la presente Ordenanza Municipal, la
Municipalidad de Allen extenderá el respectivo
titulo de propiedad, siendo los gastos que
demandare éste a cargo del adjudicatario.
Articulo 8°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 091/99.C.D.-