Allen, 28 Abril de 2011.-
VISTO:
La Ordenanza Municipal Nº 161/2010;
La Nota Nº 041/11 del Sindicato de Obreros y Empleados Municipales;
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza Municipal Nº 161/2010 mediante el Artículo 4º adjudica en venta al Sindicato de Obreros y Empleados Municipales, los inmuebles designados catastralmente 04-1-B-344-01, 02, 03 y 04 de la localidad de Allen;
Que el Sindicato de Obreros y Empleados Municipales, por la mencionada nota solicita reconsideración de la decisión de adjudicación de los lotes designados catastralmente como 04-1-B-344-01, 02, 03 y 04 a dicho Sindicato y se proceda a la adjudicación en venta a los adjudicatarios, Agentes Municipales, tal cual lo solicitado;
Que de acuerdo a la solicitud mencionada, es necesario la derogación de los artículos pertinentes a la venta de los dichos lotes;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 28/04/11, según consta en Acta Nº 972, se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Articulo 1º: DEROGANSE los Artículos: 4º (cuarto); 5º (quinto); 6º (sexto); 7º (séptimo); 8º (octavo) y 9º (noveno) de la Ordenanza Municipal Nº 161/2010; por los motivos expuestos en los considerandos.-
Artículo 2º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 020/2011.C.D.-