Allen, 26 de Agosto de 1999.
VISTO:
La Nota presentada por la Sra. Norma Rita Fi- gueroa; y
CONSIDERANDO:
Que por la misma solicita reconsideración a lo
establecido en la Ordenanza Municipal N° 047/99.C.D.;
Que por la situación socio-económica la Señora de referencia, no pudo cumplir con la obligación tributaria municipal;
Que el monto de la deuda de Tasas Municipales,
no puede ser cancelado de acuerdo a la norma en vigencia;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberan- te, celebrada el 26-08-99, según consta en Acta N° 456, se
aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1°: DEROGASE la Ordenanza Municipal N° 047/99.
Artículo 2°: AUTORIZASE por vía de excepción a los Artículos
8° y 9° de la Ordenanza Municipal N° 160/98, al
Poder Ejecutivo Municipal - Secretaría de Hacien
da - Dirección de Recaudaciones a formular un /
plan de pagos con la Señora Norma Rita Figueroa,
DNI. N° 6.284.293, de la siguiente manera: en
cuotas mensuales de $ 10 (pesos diez), hasta cu-
brir el monto adeudado en concepto de Tasa por
Conservación y Mantenimiento de Cementerio, Fo-
lio 340182 Tierra L 17 21, Folio N° 350261 Tie-
rra E 4 41, Folio N° 332390 Tierra K 3 13 y Fo-
lio N° 325310 Tierra J 3 24.
Artículo 3°: ESTABLECESE un plazo de 60 (sesenta) días a par-
tir de la vigencia de la presente, para formali-
zar lo establecido en el Artículo 1°.
Artículo 4°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 089/99.C.D.-