Allen, 7 de Octubre 2010.-



VISTO:


La Ordenanza Municipal Nº 027/08, mediante la cual se otorga un Fondo Permanente a la Presidencia del Concejo Deliberante; y


CONSIDERANDO:


Que el monto asignado en la misma asciende a la suma de pesos cuatro mil ($ 4.000);

Que dicho Fondo es otorgado a la Presidencia del Concejo Deliberante, quien tiene el deber y la facultad, de atender los gastos cotidianos, como así también proveer de la mejor manera posible el desempaño de la labor legislativa de dicho Cuerpo;

Que dicho aporte es indispensable aún para la obtención de aquellos elementos menores para un mejor de-sempeño y desarrollo de la labor administrativa;

Que el importe otorgado por la Ordenanza mencionada en el visto, hace imposible cumplir con el normal desenvolvimiento de la administración de este Concejo Deliberante, resultando hoy insuficiente;

Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 7/10/10, según consta en Acta Nº 952, se aprobó el pertinente proyecto;



POR ELLO:

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de


ORDENANZA


Artículo 1º: DEROGASE la Ordenanza Municipal Nº 027/08.C.D.

Artículo 2º: ESTABLECESE un Fondo Permanente asignado a Pre

sidencia del Concejo Deliberante equivalente a

la suma de pesos siete mil. ($ 7.000).

Artículo 3º: Dicho Fondo deberá ser provisto por la Secreta

ría de Hacienda en forma inmediata a la vigen-

cia de la presente Ordenanza.

Artículo 4º: El reintegro de las rendiciones efectuadas

oportunamente y en forma correcta, deberá efec

puarse dentro de las cuarenta y ocho horas sub

siguientes.

Artículo 5º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,

archívese.-


ORDENANZA MUNICIPAL Nº 114/2010.C.D.-