Allen, 12 de Agosto de 1999.
VISTO:
La Nota presentada por la Sra. María Ramos Esco- bar; y
CONSIDERANDO:
Que por la misma solicita condonación de la deuda que mantiene con la Municipalidad de Allen, de Tasa
por Conservación y Mantenimiento de Cementerio y ser inclui-
da en la norma en vigencia, que beneficia a Jubilados y Pen-
sionados;
Que la Señora de referencia, percibe un haber
mínimo como jubilada;
Que el Artículo 76° de la Carta Orgánica Muni-
cipal en uno de sus párrafos expresa: exenciones sólo
podrán establecerse en principios de justicia social, fun-
dados en la protección del individuo y su familia;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberan- te, celebrada el 12-08-99, según consta en Acta N° 453, se
aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1°: CONDONASE la deuda de Tasas por Conservación y
Mantenimiento de Cementerio hasta el 3° Trimes-
tre, al Folio N° 315640 Tierra G 17 4.
Artículo 2°: ESTABLECESE que la Sra. María Ramos Escobar a
partir de la vigencia de la presente se deberá
encuadrar en la Ordenanza Municipal que benefi-
cia a Jubilados y Pensionados que perciben un
haber mínimo en un 100%, en la Tasa por Conser-
vación y Mantenimiento de Cementerio Número de
Folio 315640.
Artículo 3°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 086/99.C.D.-