Allen, 8 de Octubre de 2009.
VISTO:
La Ordenanza Municipal N° 130/08 referente a Régimen de Regularización de Contribuyentes y;
CONSIDERANDO:
Que en el Artículo 1° deroga la Ordenanza Municipal N° 070/07 y 071/07;
Que la Ordenanza Municipal N° 071/07, en el Artículo 2°, Procedimiento de Intimación Administrativa, fijaba plazos de intimación de deudas;
Que la Ordenanza Municipal N° 130/08 no los establece en ninguno de los Artículos;
Que es indispensable establecer los mismos, ya que no existe una norma legal actualizada para efectuar reclamos;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 8/10/09, según consta en Acta N° 910, se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen san-
ciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1°: INCORPORASE a la Ordenanza Municipal N° 130/08, como
Artículo 6° BIS, el siguiente texto: Procedimiento
de Intimación Administrativa. Previo a girar las
certificaciones de deuda al Área de Asuntos Legales,
las Direcciones pertinentes deberán intimar al Con
tribuyente por el plazo de siete (7) días corridos.
Cumplido dicho plazo las Direcciones girarán la deu-
da al Sector Cobranzas dentro de los dos (2) días
hábiles.
Artículo 2°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 068/09.C.D.-