Allen, 27 de Septiembre de 2001.
VISTO:
La Ordenanza Municipal N° 027/87 General Imposi-
tiva, la cual establece las Tasas y Derechos Municipales; y
CONSIDERANDO:
Que en el Artículo 24° de la Ordenanza Municipal
N° 027/87, regula la Tasa a abonar por reservas de espacios en
la vía pública, para estacionamiento exclusivo de automotores
Estacionar;
Que a efectos de ordenar la política urbanística
y de control vehicular se hace indispensable tomar medidas ten
dientes a mejorar su funcionamiento;
Que los valores y legislación vigentes datan del año 1987 y es necesario actualizar y regular los costos y con- trol;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante,
celebrada el 27-09-01, según consta en Acta N° 558, se aprobó
el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1°: DEROGASE el Título Reservas de Espacios en
la Vía Públicainciso a) del Capítulo VI Dere-
chos y Permisos Varios del Artículo 24° de la Or-
denanza Municipal N° 027/87.
Artículo 2°: FACULTASE al Poder Ejecutivo Municipal a aplicar
una Tasa por Reserva de Espacio en la Vía Pública,
Estacionamiento Exclusivo, a oficinas públicas o
privadas, sanatorios, clínicas o similares que u-
tilizaren tal servicio.
La Tasa será aplicada de la siguiente manera:
a) Hasta siete metros lineales, por bimestre 60
U.SA.M.
b) Más de siete metros y hasta veinticinco metros,
por bimestre, 110 U.SA.M.
Artículo 3°: PROHIBASE en el ejido urbano de la Municipalidad de
la Ciudad de Allen, el estacionamiento de vehículos
en la vía pública cuando existieran entradas para
vehículos denominados garages.
Artículo 4°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 057/01.C.D.-