Allen, 24 Abril de 2008.-
VISTO:
La Nota presentada por el Sr. Mario Goldman; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la misma, solicita la prórroga de la suspensión del cobro por Impuesto al terreno Baldío, de la Nomenclatura Catastral 04-1-C-007-08A, donde se ha procedido al loteo correspondiente, para la construcción de futuras viviendas;
Que por Ordenanza Municipal Nº 141/07, se otorga la suspensión del Impuesto al Terreno Baldío, que le corresponde a la Nomenclatura Catastral 04-1-C-007-08A., de acuerdo a lo establecido Artículo 3º, inciso b) de la Ordenanza Municipal Nº 071/06;
Que la prórroga requerida se realiza, en virtud de las demoras en los plazos administrativos (receso estival, feriados etc.), en la inscripción definitiva (para la posterior escrituración notarial de los lotes), por parte del Registro de la Propiedad Inmueble, estando el trámite mencionado en curso, para su expedición final;
Que la futura construcción de viviendas en NC 04-1-C-007-08A., otorga la posibilidad de satisfacer la necesidad de la casa propia de muchos interesados, siendo un aporte, al déficit habitacional actual;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 24-04-08, según consta en Acta Nº 847, se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1º: SUSPENDASE el cobro por Impuesto al Terreno Bal
dío a la NC 04-1-C-007-08A; que corresponde se-
gún el Artículo 3º-inciso b) de la Ordenanza Mu
nicipal Nº 071/06; hasta el 30-06-08; por los
motivos expuestos en los considerandos.
Artículo 2º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 025/08.C.D.-