Allen, 8 de Noviembre de 2.007.
VISTO:
El Convenio suscripto entre la Municipalidad de Allen y la Empresa Ferrosur Roca S.A.; y
CONSIDERANDO:
Que el Municipio y la Empresa Ferrosur suscriben un convenio por el cual se comprometen a desarrollar acciones destinadas al traslado de la Playa de Acopio y Carga de Yeso pero sin embargo, el Convenio no cuenta con fecha cierta para la concreción de las actividades determinadas en el mismo;
Que es decisión de este Cuerpo no entorpecer la gestión ya iniciada, pero se deja aclarado que no se ha tenido participación en las negociaciones, llevadas a cabo solamente entre el Municipio y la Empresa;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 8-11-07, según consta en Acta N° 830, se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1°: RATIFICASE el Convenio suscripto entre la Municipa-
lidad de Allen y la Empresa Ferrosur Roca S.A., por
los motivos expuestos en los considerandos.-
Artículo 2°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 122/07.C.D.-