Allen, 10 de Junio de 1999.


VISTO:

La Nota presentada por la Sra. Blanca Aedo; y


CONSIDERANDO:

Que por la misma solicita condonación deuda Ta- sas Retributivas e Impuesto al Terreno Baldío, a los efectos de conectar los servicios domiciliarios de su inmueble, adqui
rido en el año 1996;
Que el lote fue adquirido, con construcción de
una vivienda, con deuda de Tasas Municipales;
Que la Ordenanza Municipal N° 160/98 en el Artí-
culo 17° establece que para las conexiones de servicios se debe abonar el 30% de las deudas por Tasas Municipales;
Que la situación socio-económica de la Señora de
referencia, no le permite hacerse cargo de la deuda que man-
tiene con el Municipio, de acuerdo a la norma en vigencia;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante,
celebrada el 10-6-99, según consta en Acta N° 444, se aprobó el pertinente proyecto;


POR ELLO:

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de


ORDENANZA


Artículo 1°:
AUTORIZASE por vía de excepción a los Artículos
8° y y 9° de la Ordenanza Municipal N°160/98, al
Poder Ejecutivo Municipal-Secretaría de Hacien-
da-Dirección de Recaudaciones a formular un
plan de pagos con la Señora Blanca Aedo, DNI.
92.853.486, de la siguiente manera: en cuotas
mensuales de pesos treinta ($30); hasta cubrir
el monto adeudado en concepto de Tasas Retribu-
tivas e Impuesto al Terreno Baldío por la Nomen-
clatura Catastral C-245-14-000.
Artículo 2°: ESTABLECESE un plazo de 60 (sesenta) días a par-
tir de la vigencia de la presente, para formali-
zar lo establecido en el Artículo 1°.






Artículo 3°
: AUTORIZASE por vía de excepción al Artículo 17°
de la Ordenanza Municipal N°160/98, al Poder Eje
cutivo Municipal-Secretaría de Hacienda-Direc-
ción de Recaudaciones y/o Departamento de Catas-
tro a otorgar el permiso de conexión del servi-
cio de electricidad a la Nomenclatura Catastral
C-245-14-000.
Artículo 4°: ESTABLECESE que a partir del año 1996 la No-
menclatura CatastralC-245-14-000, deja de tri-
butar el Impuesto al Terreno Baldío, por lo ex-
puesto en los considerandos.
Artículo 5°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-



ORDENANZA MUNICIPAL N° 054/99.C.D.-