Allen, 26 de Octubre de 2.006.-
VISTO:
La Ordenanza Municipal N° 087/06; y
CONSIDERANDO:
Que en la misma se modificó el Artículo 5° de la Ordenanza Municipal N° 131/05;
Que el vencimiento de tal impuesto no fue alterado y la fecha de entrada en vigencia de la Ordenanza quedó muy próxima;
Que es necesario modificar el vencimiento a favor de los contribuyentes;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 26-10-06, según consta en Acta N° 785, se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1°: MODIFICASE el Articulo 1° de la Ordenanza Municipal
N° 087/06, que quedará redactado de la siguiente ma-
nera: el vencimiento por Impuesto al Terreno Baldío'85'85'85Año 2005'85'85'85'85'85'85..20-11-06, siendo sus valores los mismos que el año anterior
Artículo 2°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 095/06.C.D.-