Allen, 10 de Agosto de 2.006.-
VISTO:
La nota presentada por los Sres. Mauricio Moretti y Juan Carlos Babarro; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Ordenanza Municipal N° 129/89, se adjudica en venta al Sr. Juan Carlos Babarro, un lote donde mediante el Plan de Viviendas Progresivas (48 Viviendas P.V.P) fueron construidas sus viviendas en las Manzanas 565 a 569 inclusive;
Que el Sr. Juan Carlos Babarro, vende los adelantos construidos en el lote designado catastralmente NC: 04-1-C-567-03-000, libre de deuda de tasas municipales y valor de la tierra fijado por Ordenanza Municipal N° 074/89 según consta en recibo N° 02609(21-06-90), al Sr. Mauricio Ariel Moretti;
Que es necesario regularizar dicha situación;
Que la Carta Orgánica Municipal otorga al Concejo Deliberante las atribuciones pertinentes para disponer de los Bienes Municipales;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 10-08-06, según consta en Acta N° 774, se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1DESADJUDICASE al Sr. Juan Carlos Babarro DNI.
13.079.660, el lote designado catastralmente 04-
1-C-567-03-000 cuyos datos catastrales se
consignan en el respectivo Plano de Mensura.-
Artículo 2ADJUDICASE al Sr. Mauricio Ariel Moretti, DNI.
26.854.667,el lote designado catastralmente 04-
1-C-567-03-000, el que únicamente podrá ser
destinado a vivienda familiar.-
Artículo 3°: ESTABLECESE que el adjudicatario, sin el título
de propiedad respectivo, no podrá vender,
transferir y/o ceder los derechos emergentes de la presente norma legal
Artículo 4°: ESTABLECESE que la Municipalidad de Allen extén-
derá el respectivo Título de Propiedad, siendo
los gastos que demandare éste a cargo del adju-
dicatario.-
Artículo 5°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 062/06.C.D.-