Allen, 06 de Enero de 2006.-
VISTO:
La Nota N° 224/05 P.E.M , Secretaría de Hacienda, la cual adjunta Resolución Municipal del Poder Ejecutivo N° 0878/05; y
CONSIDERANDO:
Que dicha Resolución adjudica a instancia del Acta N° 002/05 de la Comisión Evaluadora de Propuestas, conformada por O.M. 079/04 de procedimiento para la venta de terrenos adquiridos mediante subasta; la denominación catastral 04-1-B-539-06-000 al Sr. Daniel Piparola; y la denominación catastral 04-1-B-528-16-000 al Sr. Mario Chrobak;
Que en su Artículo 2° solicita al Concejo Deli- berante la desafectación del patrimonio municipal de los bienes indicados en el párrafo anterior;
Que si bien en su Articulo 3° se indican las partidas a las cuales el ingreso será imputado, no se indica el destino del mismo;
Que este Cuerpo Deliberativo estima conveniente que todo ingreso por venta de inmuebles o terrenos por parte del municipio, sea destinado a compras de tierras con fin social;
Que en Sesión Extraordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 6-01-06, según consta en Acta N° 751, se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen sanciona con fuerza de
ORDENANZA:
Artículo 1°: DESAFECTASE del Patrimonio Municipal las parcelas
denominadas catastralmente como: 04-1-B-539-06-000 y
04-1-B-528-16-000, por los motivos expuestos en los
considerandos.-
Artículo 3°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 001/06.C.D.-