Allen, 17 de Agosto de 2000.
VISTO:
La Ordenanza Municipal N° 041/.C.D., de fecha 15 de Junio de 2000; y
CONSIDERANDO:
Que por dicha Ordenanza se autoriza al Poder Eje cutivo Municipal, Secretaría de Hacienda- Dirección de Recau- daciones, a formular un plan de pago con la Sra. Susana Con-
treras y/o Mario Alvarez;
Que en dicha norma se produjo un error de tipeo involuntario en la Nomenclatura Catastral;
Que es necesario salvar el mismo;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 17-08-00, según consta en Acta N° 502, se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1°: DEROGASE la Ordenanza Municipal N° 041/00.C.D.,
por los motivos expuestos en los considerandos.
Artículo 2°: AUTORIZASE por vía de excepción por única vez
a los Artículos 8° y 9° de la Ordenanza Muni-
cipal N° 160/98, al Poder Ejecutivo Municipal-
Secretaría de Hacienda - Dirección de Recauda-
ciones, a formular un plan de pago con la Sra.
Susana Contreras y/o Mario Alvarez, de la si-
guiente manera: en cuotas bimestrales de pesos
veinte ($20), hasta cubrir el monto adeudado en
concepto de Tasas Retributivas por la NC. C-
723-08-000.
Artículo 3°: ESTABLECESE que la cuota del plan de pago de $
20 (pesos veinte) debe vencer en el mes diferen-
te al vencimiento que marca el calendario fiscal
pertinente a las Tasas Retributivas de la NC.C-
723-08-000.
Artículo 4°: ESTABLECESE un plazo de 30 (treinta) días a par-
tir de la vigencia de la presente Ordenanza Mu-
nicipal, para formalizar lo establecido en el
Artículo 2°.
Artículo 5°: ESTABLECESE que ante el incumplimiento de dos
cuotas consecutivas o tres alternadas del plan
de pago ordenado en el Artículo 2° de la pre-
sente Ordenanza Municipal y la falta de pago de
la Tasa Municipal correspondiente de acuerdo al
vencimiento establecido en el calendario fiscal,
el mismo caduca automáticamente, volviendo el
monto a la deuda original, sin acreditación al-
guna de las cuotas abonadas.
Artículo 6°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 055/00.C.D.-