Allen, 22 de Junio de 2000.




VISTO:


La Nota presentada por la Sra. Norma Jara Vda.
de Rolle; y


CONSIDERANDO:

Que por dicha nota la Señora de referencia plan- tea inconvenientes para abonar la deuda municipal en concepto de Tasas Retributivas, que mantienen con la Municipalidad de Allen;
Que la contribuyente no pudo cumplir con su o-bligación tributaria municipal, en razón de su situación so-cio-económica;
Que el monto de la deuda de Tasas Municipales, no puede ser cancelado de acuerdo a las normas en vigencia;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 22-06-00, según consta en Acta N° 494, se aprobó
el pertinente proyecto;

POR ELLO:

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen,
sanciona con fuerza de



ORDENANZA


Artículo 1°
: AUTORIZASE por vía de excepción por única vez
a los Artículos 8° y 9° de la Ordenanza Muni-
cipal N° 160/98, al Poder Ejecutivo Municipal-
Secretaría de Hacienda - Dirección de Recauda-
ciones, a formular un plan de pago con la Sra.
Norma Jara Vda. de Rolle, LC. 4.975.595, de la
siguiente manera: en cuotas bimestrales de pesos
veinte ($20), hasta cubrir el monto adeudado en
concepto de Tasas Retributivas por la NC. C-
165-05-000.
Artículo 2°: ESTABLECESE que la cuota del plan de pago de $
20 (pesos veinte) debe vencer en el mes diferen-
te al vencimiento que marca el calendario fiscal
pertinente a las Tasas Retributivas de la NC.C-
165-05-000.



Artículo 3°: ESTABLECESE un plazo de 30 (treinta) días a par-
tir de la vigencia de la presente Ordenanza Mu-
nicipal, para formalizar lo establecido en el
Artículo 1°.
Artículo 4°: ESTABLECESE que ante el incumplimiento de dos
cuotas consecutivas o tres alternadas del plan
de pago ordenado en el Artículo 1° de la pre-
sente Ordenanza Municipal y la falta de pago de
la Tasa Municipal correspondiente de acuerdo al
vencimiento establecido en el calendario fiscal,
dicho plan de pago caduca automáticamente, vol-
viendo el monto a la deuda original, sin acredi-
tación alguna de las cuotas abonadas.
Artículo 5°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-



ORDENANZA MUNICIPAL N° 044/00.C.D.-