Allen, 23 de Septiembre de 2.004.-
VISTO:
La situación socio-económica que afecta a gran parte de la población de más avanzada edad, residente en la Ciudad de Allen; y
CONSIDERANDO:
Que una parte importante de la población perteneciente al grupo de la tercera edad, cuenta con 80 años o más de edad;
Que a pesar de haber trabajado durante su juventud, no cuentan en esta etapa de sus vidas con el respaldo económico necesario como para hacer frente a la totalidad de los costos que representan los gastos de subsistencia;
Que si bien poseen vivienda propia, mantenerla asumiendo el pago de servicios, impuestos, tasas que la gravan, les resulta sumamente dificultoso, aún en aquellos casos que posean beneficios previsionales, por la desproporción existente entre los ingresos y el lógico aumento de las erogaciones que deben hacer frente, entre ellas el costo de medicamentos de consumo periódico;
Que para quienes integran este grupo de la población, representa una preocupación constante el tener que afrontar pagos de servicios, impuestos y tasas y no contar con el respaldo económico necesario para hacerlo en tiempo y forma;
Que para no caer en mora se ven obligados, en muchos casos, a realizar trámites solicitando excepciones, que no siempre están en condiciones de llevar a cabo;
Que se considera conveniente proporcionar un beneficio especial de eximisión de esta franja de la comunidad, basados en principios de solidaridad;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 23-09-04, según consta en Acta N° 693, se aprobó el pertinente proyecto,
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1EXIMASE del pago de Tasas Municipales por todo con
cepto, a aquellos contribuyentes que posean 80 o más
años de edad, y que posean una única propiedad cer
tificada por el Catastro Municipal y Declaración
Jurada; autorizando al Poder Ejecutivo Municipal, a
través de la Secretaría de Hacienda, Dirección de
Recaudaciones a incluír automáticamente en el bene
ficio de eximisión, otorgado por la presente, a to
das las personas que acrediten fehacientemente reu-
nir los dos únicos requisitos exigidos.-
Artículo 2°: ESTABLECESE que el Poder Ejecutivo Municipal deberá
dar amplia difusión a la norma y automáticamente dar
la denominación de Ordenanza Municipal
N°....a todo aquel contribuyente encuadrado en
esta norma, registrándose de esta manera en el área
de la Dirección de Recaudaciones de la Secretaría de
Hacienda de la Municipalidad de Allen, para dar de
baja automáticamente al tributo municipal a medida
que se va generando.
Artículo 3°:
Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 082/04.C.D.-