Allen, 29 de Marzo de 2001.




VISTO:

La habilitación de una sucursal de un Super-mercado en Avda. Roca y Primeros Pobladores; y

CONSIDERANDO:

Que la radicación de dicha firma en el lugar antes mencionado, sumado a los comercios existentes, oca- sionará un gran movimiento de público en general;
Que es conveniente que las personas que realicen sus compras en la zona puedan contar con el servicio de Radio-Taxi;
Que no existen Paradas Municipales en la Zona sur de la localidad y que la misma permitirá atender los requerimientos de una gran cantidad de ciudadanos que viven
en dicha zona;
Que a fin de ser equitativo con todos los móviles habilitados como Radio-Taxi, en este Municipio, es conveniente establecer una Parada Municipal en la Avda. Roca,
sobre la vereda de la Ex - Fábrica Bagliani;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante,
celebrada el 29-03-01, según consta en Acta N° 532, se aprobó
el pertinente proyecto;

POR ELLO:

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de

ORDENANZA

Artículo 1°: ESTABLECESE la Parada Municipal N° 03, cuya ubi-
cación se define en dirección Norte-Sur, en la
Avda. Roca sobre la mano derecha de la Ex -
Fábrica Bagliani.
Artículo 2°: En la mencionada Parada podrán estacionar los
móviles de conformidad con el Artículo 78° de
la Ordenanza Municipal N° 069/94.
Artículo 3°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-


ORDENANZA MUNICIPAL N° 015/01.C.D.-