Allen, 29 de Marzo de 2001.
VISTO:
 La habilitación de una sucursal de un Super-mercado en Avda. Roca y Primeros Pobladores; y 
CONSIDERANDO:
 Que la radicación de dicha firma en el lugar antes mencionado, sumado a los comercios existentes, oca- sionará un gran movimiento de público en general; 
 Que es conveniente que las personas que realicen sus compras en la zona puedan contar con el servicio de Radio-Taxi;
 Que no existen Paradas Municipales en la Zona sur de la localidad y que la misma permitirá atender los requerimientos de una gran cantidad de ciudadanos que viven 
en dicha zona;
 Que a fin de ser equitativo con todos los móviles habilitados como Radio-Taxi, en este Municipio, es conveniente establecer una Parada Municipal en la Avda. Roca, 
 sobre la vereda de la Ex - Fábrica Bagliani; 
 Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, 
 celebrada el 29-03-01, según consta en Acta N° 532, se aprobó 
el pertinente proyecto;
POR ELLO:
 El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
 ORDENANZA
Artículo 1°: ESTABLECESE la Parada Municipal N° 03, cuya ubi- 
 cación se define en dirección Norte-Sur, en la 
 Avda. Roca sobre la mano derecha de la Ex - 
 Fábrica Bagliani. 
Artículo 2°: En la mencionada Parada podrán estacionar los 
 móviles de conformidad con el Artículo 78° de 
 la Ordenanza Municipal N° 069/94. 
Artículo 3°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, 
 archívese.- 
ORDENANZA MUNICIPAL N° 015/01.C.D.-