Allen, 29 de Marzo de 2001.
VISTO:
La Nota presentada por la Junta Vecinal Barrio 25 de Mayo de esta ciudad; y
CONSIDERANDO:
Que por la misma solicita que se modifique el Artículo 1° de la Ordenanza Municipal N° 111/95, la cual es-
tablece el sentido de circulación de la calle Salta en mano única, con dirección Sur-Norte;
Que desde el inicio de dicha calle la circula-ción era doble mano, y actualmente se utilizan ambos sentidos de circulación;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 29-03-01, según consta en Acta N° 532, se aprobó
el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen,
sanciona con fuerza
ORDENANZA
Artículo 1°: MODIFICASE el Artículo 1° de la Ordenanza Muni-
cipal N° 111/95.
Artículo 2°: ESTABLECESE el sentido de circulación de la ca-
lle Salta como doble mano.
Artículo 3°: ENCOMIENDASE al Poder Ejecutivo Municipal, a tra
vés de la Secretaría de Obras y Servicios Públi-
cios la colocación de los carteles indicadores
de circulación de acuerdo al Artículo 2° de la
presente Ordenanza Municipal.
Artículo 4°: La presente Ordenanza Municipal forma parte ines
cindible de la Ordenanza Municipal N° 111/95.
Artículo 5°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 013/01.C.D.-