Allen, 9 de Marzo de 2000.



VISTO:


La Nota N° 004/00 remitida por el Poder Ejecu- tivo Municipal; y

CONSIDERANDO:

Que por la misma se solicita modificación al Artículo 2° de la Ordenanza Municipal N° 006/99, que estable- ce el Régimen de Regularización situación tributaria munici- pal;
Que el Artículo 2° de la Ordenanza Municipal N° 006/99 dice: presente régimen, comprende todas las deudas
provenientes de Tasas Retributivas, Vialidad Rural, Inspec- ción, Seguridad e Higiene, Contribución de Mejoras e Impuesto al Terreno Baldío, Habilitaciones Comerciales y de Taxis, Multas y Contravenciones;
Que en el Artículo 2°, se obvió la Tasa por Conservación y Mantenimiento de Cementerio, razón por la cual el Poder Ejecutivo Municipal solicita la modificación citada;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 9-03-00, según consta en Acta N° 481, se aprobó
el pertinente proyecto;


POR ELLO:

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de


ORDENANZA

Artículo 1°: INCLUYASE en el Artículo 2° de la Ordenanza Mu-
nicipal N° 006/99.C.D., la Tasa por Conservación
y Mantenimiento de Cementerio.
Artículo 2°: RECONOZCASE la inclusión en los términos de la
Ordenanza Municipal N° 006/99.C.D., que se hubie
sen efectuado desde su vigencia, a las deudas de
Tasas por Conservación y Mantenimiento de Cemen-
terio.
Artículo 3°: La presente Ordenanza Municipal forma parte de
la Ordenanza Municipal N° 006/99.C.D.
Artículo 4°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-



ORDENANZA MUNICIPAL N° 009/00.C.D.-