Allen, 7 de Junio 2

Allen, 08 de Julio de 1.986.-

 

 

VISTO:

La Ordenanza Municipal Nº 041/86 y la Resolución Nº 039/86; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que las mismas se deben modificar a fin de que exista una mayor claridad para su aplicación;

Que el pertinente proyecto se aprobó en reunión del día 3.07.86, según Acta Nº 338;

 

POR ELLO:

 

El Concejo Municipal de la ciudad de Allen, sanciona la siguiente

 

O R D E N A N Z A

 

Artículo 1º: ESTABLECER hasta 20 (veinte) cuotas mensuales, el plazo máximo para la financiación de deudas por tasas Retributivas, Vialidad Rural, Derecho de Inspección Seguridad e Higiene, Contribución por Mejoras, Alquiler de Tierras, Nichos y venta de tierra en el cementerio, y todo otro tipo de deuda, previa evaluación de la situación del solicitante, la que estará a cargo de la Secretaría de Acción Social.

Artículo 2°: Se establece hasta un plazo máximo de 3 (tres) cuotas mensuales para el pago de habilitación de Licencias Comerciales.

Artículo 3°: Establécese un interés del 4% (cuatro por ciento) mensual directo para los planes de pago establecidos en el artículo anterior.

Artículo 4°: Derógase la Ordenanza Municipal Nº 005/86 y Resolución Municipal Nº 039/86.

Artículo 5°: La presente será refrendada por el señor Secretario de Hacienda.

Artículo 6°: Háganse las comunicaciones pertinentes y cumplido, archívese.

 

 

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 073/1986.C.D.-