Allen, 2 de Febrero de 2001.
VISTO:
La Ordenanza Municipal N° 070/00; y
CONSIDERANDO:
Que la misma exime del pago de Tasas Retributi- vas municipales a jubilados, pensionados y personas mayores de 70 años y/o discapacitados, que cobren el haber mínimo pre
visional;
Que según informe brindado por el ANSES, el ha-ber mínimo previsional establecido es de 150 pesos, tanto pa-ra los beneficios acordados por leyes anteriores, como por la Ley 24.241, aclarando también que para el pago de beneficios de leyes anteriores, al monto de haber mínimo deberá sumárse-le el código CHM (Complemento haber mínimo), para determinar
el haber mínimo;
Que esta teoría llevada a la práctica nos plan-tea situaciones contradictorias, existen jubilados que perci- biendo un haber mínimo de 150 pesos o más se les suma el adi- cional CHM;
Que esta contradicción en las liquidaciones del haber previsional no permite al municipio determinar fehacien temente el haber mínimo;
Que en función de los considerandos anteriores y a fin de clarificar lo normado por la Ordenanza del visto, se hace necesario que el municipio establezca el básico que se
requiere para la aplicación de la misma;
Que en Sesión Extraordinaria de Concejo Delibe- rante, celebrada el 2-02-01, según consta en Acta N° 524, se
aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen,
sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1°: EXIMASE del pago de las Tasas Retributivas y
Conservación y Mantenimiento de Cementerio a
todos aquellos contribuyentes que posean:
1.1.- Pensiones Graciables Nacionales, Provin-
ciales o Municipales.
1.2.- Jubilados y Pensionados Nacionales, Provin
ciales, Municipales y Discapacitados del
Sistema Previsional correspondiente.
1.3.- Contribuyentes que no han accedido a nin-
gún tipo de beneficios jubilatorios para
mayores de 70 años, y/o discapacitados que
no perciban ningún ingreso.
Artículo 2°: BENEFICIESE de lo dispuesto por el Artículo 1°,
a quienes reúnan los siguientes requisitos:
2.1.- El contribuyente y/o su grupo familiar con
viviente no deberá poseer un haber básico
que supere la suma de $ 200 (pesos doscien
tos), sin tener en cuenta adicionales y/o
subsidios de cualquier naturaleza.
2.2.- Ser titular o poseedor, del dominio de úni
ca vivienda y con ocupación permanente,
cualquiera de los miembros del grupo fami-
liar conviviente.
2.3.- El solicitante o cualquiera de los miem-
bros del grupo familiar conviviente, debe-
rá ser titular de la concesión del sepul-
cro, panteón o nichos particulares en el
Cementerio Local y por consiguiente res-
ponsable ante el Municipio.
2.4.- Para ello deberá presentar:
a) Declaración Jurada la que será analiza-
da y conformada por la Dirección de Re-
caudaciones Municipal (Anexo 1).
b) Fotocopia del recibo de haberes corres-
pondiente.
c) Constancia de fecha de incorporación al
Régimen Previsional.
d) Fotocopia del Documento de Identidad co
rrespondiente.
e) Certificado del Departamento de Catas-
tro de la Municipalidad de Allen, certi
ficando la titularidad o posesión única
de la vivienda, debiendo ser extendido
sin costo al solicitante.
f) Declaración Jurada ante Juez de Paz ava
lando ser única propiedad en la que vi-
ve.
2.5.- Se encuentran eximidos de la cumplimenta-
ción del punto anterior inc. b) y c), los
contribuyentes que se encuadren en el Art
culo 1° punto 1.3.
2.6.- Todo contribuyente que sea encuadrado en
el punto anterior, deberá presentar Decla-
ración Jurada ante Juez de Paz, avalando
su condición y requisitos que estén regla-
mentados por la presente Ordenanza.
Artículo 3°: EXIMASE el 50% (cincuenta por ciento) de las Ta-
sas Retributivas y de la Tasa por Conservación y
Mantenimiento de Cementerio a los contribuyentes
que se encuadren en el Artículo 1° y que per-
ciban hasta el 100% (cien por ciento) más del
haber básico establecido en el Artículo 2° punto
2.1., y que reúnan los requisitos exigidos en la
presente Ordenanza.
Artículo 4°: SANCIONESE al beneficiario y/o sus sucesores que
cambiaren su situación económica, sin dar aviso
al Municipio, o si se comprobara que ha falseado
su Declaración Jurada. En tal caso deberá pagar
el total de lo beneficiado con su actualización
correspondiente, más una multa equivalente al
100% (cien por ciento) de dicha suma.
Artículo 5°: ESTABLECESE que a partir de la vigencia de la
presente Ordenanza Municipal se debe abrir un
de Beneficiariosque hayan cumpli-
mentado el o los requisitos que establece la
presente, a los efectos de una mayor organicidad
ejecutiva legislativa.
Artículo 6°: INDENTIFIQUENSE a los contribuyentes beneficia-
rios de la presente Ordenanza Municipal, en los
recibos Municipales de las Tasas correspondien-
tes y en los registros propios del Municipio, co
mo: por Ordenanza Municipal N° 002/
01.C.D.procediendo a la suspención del sella-
do de los mismos, en los vencimientos pertinen-
tes del tributo municipal por el presente año.
Artículo 7°: PROCEDASE a dejar sin efecto el y/o los tributos
municipales de los años anteriores, correspon-
diente a los contribuyentes que cumplimenten los
requisitos que establece el Artículo 2° de la
presente Ordenanza Municipal, a partir de la fe-
cha que se incorpora al régimen previsional.
Artículo 10°:Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 002/01.C.D.-
Anexo 1 (uno)
DECLARACION JURADA
SOLICITUD DE EXIMISION DE PAGO POR TASAS RETRIBUTIVAS Y DE
MANTENIMIENTO Y CONSERVACION DE CEMENTERIO PARA JUBILADOS Y
PENSIONADOS NACIONALES, PROVINCIALES, MUNICIPALES Y/O PERSO-
NAS MAYORES DE 70 AÑOS Y/O DISCAPACITADOS.
1.- Apellido y Nombre del Beneficiario/a....................
2.- Tipo y N° de documento de Identidad............Edad.....
3.- Domicilio: calle........................................
4.- Nomenclatura Catastral..................................
5.- Lote N° ................................................
6.- Beneficiario N° (según recibo de haberes)...............
........................................................
7.- Caja de la cual recibe los haberes......................
8.- Apellido y Nombre del representante:(según recibo de ha-
beres).................................................
9.- Tipo y N° de Documento de Identidad del representante...
.................N°............Localidad................
10.-Domicilio del representante: Calle......................
N° ....................Localidad........................
11.-Ingresos núcleo familiar:(según Art.2° punto 2-1).......
........................................................
12.-Grupo Familiar Conviviente..............................
.......................................................
OBSERVACIONES: debido conocimiento del Artículo 4° de
la Ordenanza Municipal N° 002/01Si el beneficiario y/o sus
sucesores cambiara de situación económica y no diera aviso al
Municipio, o si se comprobara que ha falseado su Declaración
Jurada, deberá pagar el total de lo beneficiado con su actu-
lización correspondiente, más una multa equivalente al 100%
(cien por ciento) de dicha suma.
DECLARO BAJO JURAMENTO que todos los datos consignados son ve-
races y exactos, de acuerdo a mi leal saber y entender.
Asimismo me notifico que cualquier falsedad, ocultamiento u
omisión dará motivo para la caducidad del beneficio de eximi-
sión del pago de las Tasas Retributivas y de Conservación y
Mantenimiento de Cementerio y deberé abonar el total de lo beneficiado con su actualización correspondiente, más una multa
equivalente al 100% (cien por ciento) de dicha suma.